📜 Base legal:

Real Decreto 1086/2020, de 9 de diciembre, por el que se regulan y flexibilizan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones de la Unión Europea en materia de higiene de la producción y comercialización de productos alimenticios.

📌 Requisitos clave:

  • Las reses de lidia sangradas tras su lidia deben trasladarse a mataderos autorizados, cumpliendo condiciones higiénico-sanitarias.
  • Si el matadero se encuentra en otra comunidad autónoma, es obligatoria la autorización previa por parte de la autoridad competente de la comunidad de destino.

👤 Dirigido a:

Organizadores de espectáculos taurinos celebrados en La Rioja que necesiten trasladar reses sangradas a una comunidad autónoma distinta de aquella en la que se celebró el evento.

📆 Plazo:

La solicitud de autorización debe presentarse al menos 10 días antes de la celebración del espectáculo.

📄 Documentación necesaria:

  • Solicitud de la autorización de traslado de reses de lida sangradas en un espectáculo taurino con muerte en La Rioja con destino a un establecimiento autorizado para tratar reses de lidia sangradas en otra comunidad autónoma.
  • Aceptación del matadero de destino autorizado.
  • Ficha técnica del vehículo de transporte.
  • Información alimentaria requerida (cadena alimentaria, documentos de traslado, etc.).

🔗 Enlace al trámite:

👉 https://web.larioja.org/oficina-electronica/tramite?n=25566