El Gobierno de La Rioja ha aprobado hoy que, dada la situación epidemiológica y de presión asistencial y, sobre todo, el buen ritmo de la campaña de vacunación frente al COVID-19, la Comunidad en su conjunto se sitúen a partir del próximo viernes, 1 de octubre, en el Nivel 1 del Plan de Medidas según Indicadores.
Las principales medidas antiCOVID en el Nivel 1 son:
- Se recomienda un máximo de 10 personas en las agrupaciones, aplicable a todos los ámbitos.
- En hostelería y restauración, el aforo máximo en interiores es del 75%, sin restricciones en espacios abiertos. Se mantiene la recomendación de un máximo de 10 personas por mesa. El cierre, según licencia.
- En el comercio y en mercadillos, no se fija límite de aforo máximo.
- En las celebraciones religiosas, velatorios, entierros y ceremonias fúnebres, el aforo en interior estará limitado al 75%, como máximo.
- En actividades deportivas, el aforo máximo en interiores es del 75%.
Así mismo, el Consejo de Gobierno ha aprobado introducir modificaciones en algunas medidas antiCOVID recogidas en dicho Nivel 1 del PMI como son:
- En lo relativo a las discotecas y locales de ocio nocturno (en la actualidad, con límite horario hasta las 2 de la madrugada) se establecerá que el límite horario se ajuste a la licencia propia de cada establecimiento y que el aforo interior sea del 75%, siempre garantizando las medidas de distanciamiento e higiene y prevención. Así mismo, quedará permitido el consumo en barra, garantizando también las medidas de distanciamiento, higiene y prevención, así como la apertura de la pista de baile, siendo obligatorio, en este caso, la utilización de mascarilla.
- En lo que respecta a congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, seminarios y otros eventos profesionales, podrán celebrarse sin restricciones de aforo, siempre cumpliendo con las medidas sanitarias.
- En cuanto a los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, así como locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales, el aforo será también del 100%, siempre garantizando las medidas de distanciamiento, higiene y prevención.
- En el apartado de ejercicio físico o deporte en grupo no profesional, el aforo en recintos abiertos en los eventos deportivos con asistencia de público será del 100% como máximo y del 80% en cerrados, respetando las medidas no farmacológicas de protección frente al COVID-19.



































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