La Comunidad Autónoma de La Rioja asume seguir favoreciendo la constitución y funcionamiento de oficinas municipales de información al consumidor. En consecuencia y en el objetivo final de estructurar una red básica de protección al consumidor en La Rioja, en el absoluto respeto a las competencias municipales en materia de consumo atribuidas a los municipios mediante el Artículo 5 de la Ley 5/2013, de 12 de abril, para la defensa de los consumidores de la Comunidad Autónoma de La Rioja, se hace necesario establecer una línea de ayuda a las corporaciones locales con la finalidad de que por parte de estas, esencialmente en aquellos municipios de más 5.000 habitantes, se estructuren unos sólidos servicios de protección al consumidor.
La Consejería de Salud y Políticas Sociales del Gobierno de La Rioja concede subvenciones a las entidades locales cuyas bases establece la Orden 7/2008, de 28 de julio, de la Consejería de Salud y Políticas Sociales del Gobierno de La Rioja, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de consumo a entidades locales.


































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