Un viaje combinado es aquél que con una duración superior a 24 horas o una noche de estancia ofrece, de modo conjunto por un precio determinado, dos de los siguientes servicios: transporte, alojamiento u otros servicios turísticos no accesorios que constituyan una parte significativa del viaje. (p.ej. Excursiones, comidas, etc.)
¿Es obligatorio facilitar un “programa” o “folleto informativo”?
Si, se debe de poner a disposición del consumidor un programa o folleto informativo que contenga de forma clara la oferta concreta sobre el viaje combinado. La oferta contractual es vinculante para la empresa y exigible por el consumidor. Únicamente puede ser modificada si se ha informado claramente al consumidor por escrito antes de la formalización del contrato y así era previsto en el programa, o si con posterioridad ha sido acordado por ambas partes
¿Debe formalizarse de algún modo concreto el contrato de viaje combinado?
Si, el contrato de viaje combinado debe formalizarse necesariamente por escrito.
¿Es exigible algún contenido concreto en el contrato de viaje combinado?
Si. En función de las características de la oferta, al menos, debe contener los siguientes elementos:
- Destino o destinos del viaje
- Periodos de estancia y fechas, si la estancia fuera en varios destinos
- Fecha, horas y lugares de salida y regreso
- Situación, categoría o clasificación turística y principales características en caso de que incluya el alojamiento
- Número mínimo de personas que se exigen, en su caso, para la realización del viaje combinado. Y de ser así, fecha límite de información al consumidor en caso de cancelación por la empresa (que nunca podrá ser inferior a 10 días antes del inicio de viaje)
- Itinerario
- Visitas, excursiones y demás servicios incluidos en el precio total
- Nombre y dirección del organizador y detallista, y si existe, del asegurador
- Precio del viaje combinado, desglosando los gastos de gestión y de los posibles impuestos correspondientes a los servicios contratados si no estuvieran incluidos en el precio del viaje combinado, así como en su caso indicación de cualquier posible revisión del precio
- Gastos de anulación, si los hubiere y pudieran calcularse razonablemente, debidamente desglosados
- Modalidades de pago del precio, y en su caso, calendario y condiciones de financiación
- Cualquier solicitud especial que el consumidor haya transmitido y el organizador hubiera aceptado. (p.ej. cama de matrimonio, vistas exteriores en el alojamiento, cama supletoria niño…)
- Obligación del consumidor de comunicar fehacientemente al organizador o detallista cualquier posible incumplimiento
- El plazo de prescripción de las acciones para reclamar
- Plazo en el que el consumidor podrá exigir la confirmación de su reserva


































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