Una factura simplificada (documento que sustituye al antiguo ticket) o una factura de compra son el medio de prueba que justifica que la compra de un artículo o la realización de un servicio ha sido efectuada en un establecimiento comercial o ha sido realizada por un prestador de servicios.
Para el ejercicio de nuestros derechos como consumidores, necesitaremos justificar la compra de un bien o servicio mediante la presentación de la factura simplificada de compra o de la factura.
La factura simplificada se expedirá cuando el importe no exceda de 400 euros, IVA incluido, así como cuando el importe no exceda de 3000 euros, IVA incluido y se trate de alguno de los supuestos respecto de los que tradicionalmente se ha autorizado la expedición de tiques en sustitución de facturas.
Una factura simplificada deberá disponer de un número correlativo que la identifique, de los datos identificativos del establecimiento en el que hemos realizado la compra, referidos al nombre comercial o nombre fiscal, el número de identificación fiscal, la dirección completa del establecimiento, además deberá contener la identificación del artículo o servicio adquirido, el precio del mismo con desglose del tipo impositivo y la fecha de realización de la adquisición.
Una factura completa deberá disponer de un número correlativo que la identifique, de los datos identificativos del establecimiento en el que hemos realizado la compra, referidos al nombre comercial o nombre fiscal, el número de identificación fiscal, la dirección completa del establecimiento, además deberá contener los datos identificativos completos del consumidor que realiza la compra, la identificación del artículo o servicio adquirido, el precio del mismo con desglose del tipo impositivo y la fecha de realización de la adquisición.
Una factura simplificada o una factura completa que no disponga de todos los elementos que la acrediten como tal, impedirá la protección de nuestros derechos como consumidores.
Los prestadores de los bienes o servicios tienen la OBLIGACIÓN de expedición de las mismas y nosotros como destinatarios de la prestación tenemos el DEBER de solicitarlas, si queremos ejercitar nuestros derechos como consumidores.


































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