Los derechos del consumidor en relación con el suministro de la electricidad (y II) facturación
El consumidor pagará únicamente por el consumo durante el periodo de facturación, el precio del mercado eléctrico, desapareciendo, por tanto, las subastas para la fijación del precio de la energía.
El nuevo sistema, por tanto, toma como referencia el precio de la electricidad del mercado mayorista, que cotiza y cambia en función de la oferta y la demanda cada hora. Esta información puede consultarse diariamente en la web de Red Eléctrica.
Está establecido un modelo de factura eléctrica con el fin de garantizar la comprensión por parte del consumidor, obligatorio desde el 1 de octubre de 2014 para las comercializadoras de referencia que suministren a los consumidores acogidos a precio voluntario para el pequeño consumidor, incluidos los consumidores vulnerables a los que aplica el bono social, y a los consumidores sin derecho a acogerse al precio voluntario para el pequeño consumidor que transitoriamente carezcan de un contrato de suministro con una comercializadora en mercado libre.
A través de este modelo, se pretende que las facturas eléctricas faciliten información sobre sus consumos y los costes asociados de forma clara. Para así poder realizar comparaciones entre distintas ofertas y posibilitar el conocimiento sobre el coste de su suministro, precios, tarifas y condiciones generales del acceso y uso de los servicios de electricidad.
El destino del importe de la factura y el origen e impacto ambiental de la electricidad consumida se incorporan también como parte del contenido de la factura.
Conceptos de pago incluido en la factura de electricidad
- Término de potencia
Es el precio fijo por tener disponible en todo momento la potencia contratada. Resulta de multiplicar los kW contratados, por los días que engloba la factura y por el precio del término de potencia del peaje de acceso que el Ministerio de Industria, Energía y Turismo establece.
- Término de energía
Es lo que se paga según la energía consumida. La cifra resultante se calcula multiplicando los kWh de energía que has consumido por el precio que tienes contratado.
El término de energía se compone de la suma del término de energía del peaje y del coste de producción de energía eléctrica.
- Impuesto especial sobre la electricidad
Se trata de un impuesto especial cuyo tipo impositivo viene determinado por ley. El tipo impositivo que aplica es el 4,864% de la base imponible.
La base imponible es el importe resultante de la suma del término de potencia y del término de energía, multiplicado por 1,05113.
- Alquiler del equipo de medida
Es el precio de alquiler mensual del contador si éste no es en propiedad, fijado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
Está en marcha un plan de sustitución de contadores que permitirá a finales de 2018 que estén plenamente en funcionamiento en todos los hogares.
Los nuevos contadores inteligentes permitirán al consumidor conocer y controlar el consumo de electricidad en tiempo real.
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)
Se aplica el tipo vigente sobre la suma de los conceptos anteriores (21%).


































El SERIS reconoce la gran contribución de los profesionales sanitarios jubilados en 2025 al buen funcionamiento del sistema público de salud
El Banco de Sangre y el Dicorpebal Logroño La Rioja animan a donar sangre en Navidad, periodo en el que cerca de 300 pacientes necesitarán recibir una transfusión
Salud mantiene activado el Plan de Contingencia ante la estabilidad de las infecciones respiratorias agudas y el aumento de la gripe
Salud pone a disposición de los consumidores riojanos 10.000 ejemplares de la ‘Agenda del Consumidor 2026’
El Hospital Universitario de Calahorra celebra su 25.º aniversario reconociendo la dedicación de sus profesionales y la proyección de futuro del centro
El Banco de Sangre impulsa la donación en Navidad ante una previsión de más de 700 transfusiones