Servicios Sociales publica la Orden para acceder a las subvenciones para paliar la pobreza energética
Se podrán solicitar una vez convocadas por los ayuntamientos con un importe máximo de 100 euros mensuales en la factura de gas y de 50 en la eléctrica
El consejero de Salud y Servicios Sociales, José Ignacio Nieto, ha anunciado hoy que su departamento ya ha puesto en marcha el programa de subvenciones que permitirá evitar el corte del suministro de energía eléctrica y gas a familias en riesgo de exclusión social. Nieto, acompañado de la directora general de Servicios Sociales, Carmen Corral, ha explicado que las bases reguladoras para la concesión de dichas subvenciones están ya publicadas en la Orden 6/2014, de 30 de mayo y el acceso a las mismas, se podrá realizar en cuanto los ayuntamientos publiquen en cada caso su respectiva convocatoria. Nieto recordó que la solicitud se deberá tramitar a través de los municipios, si bien, el responsable del pago de las mismas será el Gobierno de La Rioja.
El Consejo de Gobierno aprobó en su reunión del pasado viernes la autorización de un gasto de 300.000 euros para pagar los recibos de luz y gas de aquellas familias riojanas en situación de vulnerabilidad. Las entidades locales no están obligadas a aportar cantidad alguna.
En el caso de la factura de gas, las ayudas ascenderán a un máximo de 100 euros por recibo mensual y 300 euros por consumidor y año. Además, si en la unidad familiar hay menores a cargo, el importe máximo será de 150 y 350 euros, respectivamente. Las ayudas para evitar el coste del suministro eléctrico ascenderán a un máximo de 50 euros por recibo mensual y 150 euros por consumidor y año. Al igual que en el caso del gas, si hubiera menores a cargo tendrá un incremento, que en este caso será de 100 y 200 euros respectivamente.
En el caso de recibos impagados que correspondan a dos mensualidades, se imputará un 50% de la subvención a cada mes. Los perceptores de las subvenciones serán aquellas personas que cuenten con una deuda de pago que amenace con la suspensión del suministro y además sean, o bien beneficiarios de una pensión no contributiva, o de las ayudas de inserción e inclusión social.
Además también podrán optar a estar ayudas los beneficiarios de un subsidio por agotamiento de la prestación contributiva, con obligaciones familiares y aquellos que sean beneficiarios de una renta activa de inserción. Quedan también incluidos dentro de la condición de perceptores aquellas personas que se encuentren en situación de exclusión social, en los supuestos que contemplen los reglamentos y ordenanzas de las entidades locales.


































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