El 15 de marzo se celebra el Día Mundial de los Derechos del Consumidor. Un día de concienciación para difundir los derechos básicos de los consumidores, exigir que esos derechos sean respetados y protegidos y protestar por los abusos de mercado que los socavan. Es una importante ocasión para movilizar a los ciudadanos.
La fecha coincide con la del 15 de marzo del año 1962 cuando el presidente Kennedy, ante el Congreso de los Estados Unidos, enunció por vez primera en el mundo los derechos que asistían a los ciudadanos en su condición de consumidores. Aquel discurso es considerado el punto de partida de la protección de los derechos de los consumidores y usuarios. En aquel momento se proclamaron los derechos a ser informados, a la seguridad, a elegir, a ser escuchados… Después se añadieron otros: a la reparación, a la educación como consumidores, a la satisfacción de las necesidades básicas, a un ambiente saludable…
El Ministerio de Consumo, los organismos competentes en consumo de las Comunidades Autónomas y el Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU) se suman a esta celebración a través de una campaña conjunta cuyo objetivo es informar a los consumidores sobre sus derechos y cómo ejercerlos.
La protección de estos derechos está respaldada fundamentalmente por el Real Decreto Legislativo 1/2007 y por las normas de protección del consumidor promulgadas por las Comunidades Autónomas en función de sus respectivas competencias.
La prevención es la mejor protección de nuestros derechos por lo que conviene conocer qué derechos nos asisten antes de comprar un bien o contratar un servicio y asegurarnos de que reúnen las características que necesitamos y de que las condiciones de venta son las adecuadas.
El etiquetado del producto y la publicidad son dos fuentes de información inicial básicas acerca de la calidad, composición, precio, condiciones y sistemas de pago.
Cuatro son los derechos básicos de los consumidores: derecho a la protección de su salud o seguridad, derecho a la protección de sus intereses económicos y sociales, derecho a la información y a la educación en materia de consumo y derecho a la protección de sus derechos mediante procedimientos eficaces.
Si alguno de estos derechos se ve vulnerado se debe reclamar ante el proveedor del bien o servicio. Si este no atiende la queja se puede interponer una reclamación para tratar de reparar el daño sufrido acudiendo a alguno de los siguientes organismos públicos o privados: Dirección General de Salud Pública, Consumo y Cuidados del Gobierno de La Rioja; Oficinas Municipales de Información al Consumidor; Asociaciones de Consumidores y Usuarios o Junta Arbitral de Consumo de La Rioja. Y, en última instancia, a los Tribunales de Justicia.
Además, la plataforma de resolución de litigios de consumo en línea (Plataforma ODR) es un sitio web interactivo que proporciona de manera gratuita un punto único de acceso a consumidores y empresas para informarles de la resolución extrajudicial de reclamaciones derivadas de compra o prestación de servicios celebrados en línea. Por otra parte, los residentes en España que quieran reclamar contra una empresa de otro Estado miembro de la UE pueden hacerlo a través del Centro Europeo del Consumidor.


































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