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Para comercializar complementos alimenticios en España, es obligatorio notificar previamente su puesta en el mercado.

Esta notificación debe realizarla el fabricante, el responsable de la primera comercialización o el importador (en el caso de productos procedentes de terceros países).

El trámite se presenta ante:

  • Los órganos competentes de la Comunidad Autónoma donde tenga su domicilio social el fabricante o responsable, para productos nacionales o procedentes de la Unión Europea.

Enlace del trámite:

Notificación de comercialización de complementos alimenticios

  • La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), cuando el responsable no tenga domicilio en España o cuando los productos procedan de países fuera de la UE.

Enlace del trámite:

https://consumo.sede.gob.es/procedimientos/portada/ida/3917/idp/1639