Quiénes somos Funciones y competencias
Por definición, según el artículo 31 de la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, un Servicio de Prevención es el conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar las actividades preventivas a fin de garantizar la adecuada protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, asesorando y asistiendo para ello al empresario, a los trabajadores y a sus representantes y a los órganos de representación especializados.
La Comunidad Autónoma de La Rioja crea a través del Decreto 62/1999, de 10 de septiembre, su propio Servicio de Prevención de Riesgos Laborales como órgano encargado de garantizar la adecuada protección de la salud y seguridad del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Posteriormente mediante el Decreto 47/2004, de 30 de julio, se crea el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales en el ámbito del Servicio Riojano de Salud, cuyo fin es garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores de SERIS en aplicación de la ley de prevención de riesgos laborales, teniendo como herramienta un Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales que viene reflejado en el Plan de Prevención del SERIS, aprobado en el año 2006.
De acuerdo con dicho Plan de Prevención le corresponde al SPRL el “diseño y aplicación de los planes anuales de actuación preventiva” así como “evaluar periódicamente el cumplimiento de la política, objetivos y procedimientos del Sistema de Gestión del Plan de Prevención de Riesgos Laborales, y proponer las medidas necesarias para la corrección de las desviaciones en los objetivos de prevención”.
Son funciones y competencias del SPRL del SERIS de forma general las que le atribuye la normativa vigente en PRL y de forma específica:
Memorias del Servicio Riojano de Salud, Consejeria de Salud, Fundación Rioja Salud y Unidades Docentes