Tarjeta AA
El objetivo principal de las medidas puestas en marcha por el Sistema Riojano de Salud es garantizar el bienestar y la calidad de vida de los ciudadanos. Y para ello, el ciudadano debe situarse en el centro del sistema, como eje vertebrador de cualquier actuación sanitaria y social.
En ocasiones, las estructuras existentes, junto con las limitaciones de las personas para comprender determinadas situaciones y comunicar lo que les afecta, suponen una importante barrera que dificulta el acceso normalizado a los servicios sanitarios.
Y en el caso de la atención a ciertas enfermedades o patologías pueden producir situaciones en que las consultas médicas o las urgencias pueden parecer un entorno confuso y hostil.
Por ello, el Sistema Riojano de Salud pone en marcha una nueva herramienta que refleja la apuesta por el paciente como elemento vertebrador del sistema: la nueva “Tarjeta Sanitaria AA”.
La “Tarjeta Sanitaria AA” nace con el objeto de facilitar la accesibilidad a determinados servicios sanitarios de los pacientes riojanos diagnosticados de ciertas patologías, así como de sus acompañantes.
1. La tarjeta sanitaria con el distintivo “AA” supone para el portador de la misma:
- Que podrá estar acompañado permanentemente por sus familiares o cuidadores en la unidad asistencial correspondiente. El acompañamiento permanente comprende la espera, la consulta o el acto médico, siempre que la situación clínica lo permita y pueda contribuir a la colaboración del paciente.
- Que su acceso a la consulta se ajustará lo máximo posible al horario de cita fijado, reduciéndose su espera entre la llegada al centro y el momento de su atención.
En los casos de asistencia programada, se procurará que la atención se ajuste al máximo a la hora indicada para la cita. En los supuestos de asistencia en servicios de urgencia se procurará una mínima espera en la atención, siempre que las circunstancias sanitarias globales que concurran en ese momento en el centro sanitario lo permitan.
2. Las tarjetas sanitarias con el distintivo “AA” se expedirán a aquellas personas que siendo aseguradas, asistidas o beneficiarias presenten cualquiera de las siguientes patologías:
- Demencia con un nivel de afectación cognitivo al menos moderado y/o trastorno de conducta.
- Discapacidad intelectual grave y profunda o con trastorno de conducta.
- Discapacidad con trastorno de comunicación grave.
- Trastorno del espectro autista con trastornos de conducta.
- Trastorno mental crónico con grave déficit del funcionamiento psicosocial.
- Sordoceguera.
3. Las tarjetas sanitarias con el distintivo “AA” surtirán los efectos señalados en los siguientes centros y servicios:
- Centros de Salud y/o consultorios de Atención Primaria.
- Consultas Externas de centros hospitalarios.
- Servicios de Urgencias, tanto de Atención Primaria como Especializada, siempre condicionado a la prioridad clínica de los pacientes.
4. El procedimiento general para obtener la tarjeta sanitaria “AA” será el siguiente:
- Los pacientes que presenten cualquiera de las patologías señaladas, por sí o por medio de representante debidamente acreditado, podrán solicitar la emisión de la “tarjeta AA” cumplimentando el modelo de solicitud.
- Con la solicitud cumplimentada, el paciente o su representante acudirá al Médico de Atención Primaria que tenga asignado para que, previa comprobación de su historia clínica, confirme que reúne los requisitos específicos.
- En los supuestos en que el diagnóstico de la enfermedad y/o patología del paciente no conste en su historia clínica, el interesado o su cuidador deberá consultar al especialista correspondiente para que acredite, si así fuera, que la enfermedad y/o patología que padece el paciente está incluida en el ámbito de aplicación de esta Instrucción.
- Una vez comprobado diagnóstico de la enfermedad y/o patología del paciente, el Médico de Atención Primaria o Especialista, según los casos, completará el modelo de solicitud con su informe, estampando su sello y su firma.
- La solicitud informada favorablemente será entregada por el paciente o familiar en el mostrador de Admisión del Centro sanitario correspondiente, desde donde se derivará a la unidad de tramitación de tarjeta sanitaria. Este servicio procederá a la emisión de una nueva tarjeta con el distintivo “AA” y se la remitirá al paciente a la dirección que haya indicado en su solicitud.
5. Los profesionales sanitarios que reciban a los portadores de la tarjeta “AA” facilitarán su acompañamiento permanente y les proporcionarán la accesibilidad a la consulta, ajustándose lo máximo posible al horario de citación establecido y minimizando su espera para ser atendidos.
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